En el momento en que un ser querido fallece, surge la obligación de notificar a varias instituciones, especialmente si la persona tenía obligaciones financieras o si cotizaba en el Seguro Social. En este artículo, te proporcionaremos toda la información necesaria para actuar de manera correcta en estos momentos tan dolorosos.

¿Cómo informar al Seguro Social y a Medicare?

Los familiares de alguien que recibía beneficios del Seguro Social pueden sentir la tentación de no reportar el fallecimiento, ya que esto conlleva la suspensión de pagos e incluso la posibilidad de tener que devolver dinero recibido indebidamente. Sin embargo, omitir esta información puede considerarse como fraude. Es fundamental informar a la Administración del Seguro Social (SSA por sus siglas en inglés) y luego explorar otras ayudas disponibles, especialmente para cónyuges o hijos directos. Para llevar a cabo esta gestión, se puede proporcionar el número de Seguro Social del fallecido al director de la funeraria o comunicarse directamente con las oficinas del Seguro Social.

¿Cómo cerrar cuentas y comunicar el fallecimiento a otras instituciones?

Una vez completado el proceso mencionado anteriormente, es probable que sea necesario notificar a otras entidades. En este sentido, es crucial contar con el número de Seguro Social del fallecido y su acta o certificado de defunción. Algunas de las instituciones a considerar son el Departamento de Vehículos Motorizados, el Servicio de Impuestos Internos, el Departamento de Estado, la Oficina de Servicios Sociales estatales y el Registro Electoral, entre otros.

Por último…

Además de las instituciones mencionadas, también será necesario informar a bancos, compañías de tarjetas de crédito, agencias de crédito y servicios públicos sobre el fallecimiento. Asimismo, se deben notificar a asociaciones benéficas, organizaciones sin fines de lucro y cualquier otra entidad con la cual el fallecido tuviera algún tipo de relación financiera. En relación con las deudas del fallecido, es importante consultar con la Comisión Federal de Comercio para comprender cómo se manejarán estos compromisos financieros, ya que generalmente se transfieren a la herencia o sucesión del difunto.

¿Te ha resultado útil este artículo?